
Por el momento, esta importante superficie pasará a ser suelo no urbanizable común. Sin embargo, a nadie se le escapa que el objetivo de esta modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) es, a corto plazo, permitir la construcción de viviendas.
De hecho, pese a que la solicitud del cambio la ha realizado el Ayuntamiento, la propiedad de la mayor parte de los terrenos corresponde a la Escuela Equelite, del tenista Juan Carlos Ferrero. Cuando se haga realidad, esta nueva actuación urbanística se sumará a las ya previstas en esta misma área, como la construcción de un gran polígono industrial de un millón de metros cuadrados y un complejo residencial con campo de golf -que ocupará una superficie similar-, también promovido por la academia del tenista.
Curiosamente, en ambos proyectos están activamente implicadas empresas hortofrutícolas que, hasta la fecha y año tras año, han estado invirtiendo en la producción de zanahorias, nabos, lechugas, puerros, chiribías Pero, «el progreso es el progreso», afirma, resignado, un viejo labrador de la zona, al tiempo que advierte de que «esto puede ser pan para hoy y hambre para mañana».
Esta modificación puntual del PGOU fue solicitada por el Ayuntamiento de Villena en el año 2003, no siendo aprobada hasta la fecha la declaración de impacto ambiental. Pese a las quejas formuladas por varios vecinos, no se presentó ningún tipo de alegación durante el periodo de exposición pública.
Y es que, casualmente, las viviendas afectadas se construyeron en suelo no urbanizable de especial protección agrológica, según se apunta en el informe emitido por la Dirección General de Gestión del Medio. Este organismo exige al Consistorio villenense que tome las medidas preventivas y correctoras adecuadas con el fin de evitar que el grupo de viviendas existentes en la zona siga creciendo como hasta ahora, consolidando un núcleo de población, lo cual incumple la normativa prevista por el PGOU para suelo no urbanizable común.
Normativa ambiental
Por otro lado, la normativa ambiental establece una parcela mínima de una hectárea por vivienda, no pudiendo sobrepasar una edificabilidad máxima del dos por ciento del terreno. Asimismo, será obligatorio instalar sistemas de oxidación y depuración total en aquellas actividades o viviendas familiares aisladas, no conectadas a redes de saneamiento, prohibiéndose el empleo de fosas sépticas y pozos ciegos.
En el estudio de impacto ambiental se ha tenido en cuenta la protección de un área circular de 50 metros de diámetro donde existe un yacimiento arqueológico. Aunque la zona no presenta un riesgo excesivo de inundación, la Conselleria obliga a realizar el preceptivo estudio de inundabilidad previsto en el Patricova para llevar a cabo cualquier actuación en este sector.









