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Sábado, 15 de julio de 2006
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ESPAÑA
tráfico
Conducir con exceso de velocidad y alcohol estará penado con hasta seis meses de cárcel
El Consejo de Ministros aprobó ayer el anteproyecto de reforma del Código Penal que incluye, entre otras medidas, penas de hasta seis meses de cárcel para los conductores temerarios. Este endurecimiento de las infracciones viales más graves afecta a aquellas personas que circulen con exceso de velocidad, bajo la influencia de bebidas alcohólicas o sin permiso de conducir.

El siguiente paso será su tramitación en el Congreso tras la reanudación del curso parlamentario, a mediados de septiembre. La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, aseguró que «esta reforma es necesaria para garantizar a los ciudadanos su libertad y seguridad».La nueva normativa tipifica como delito conducir sobrepasando los límites de velocidad en más de 50 kilómetros por hora en vía urbana -circular a más de 100 km/h- , a más de 70 kilómetros por hora en autovías, autopistas y carreteras secundarias - por encima de 190 y 170 km/h, respectivamente- , con una tasa de alcohol superior a los 1,2 gramos por litro de sangre (para los casos en los que se dé positivo entre 0,5 y 1,2 gramos se mantendrían las vías administrativas) y la conducción sin carné tanto para los casos en los que aún no se haya obtenido como en los supuestos en los que se hayan perdido todos los puntos.

Según las características de cada infracción, el juez puede aplicar una u otra pena, que van desde la posibilidad de aplicar prisión de tres a seis meses, trabajos en beneficio de la comunidad, multas económicas o privación del carné de uno a cuatro años. En el caso de aquellos delitos que conlleven prisión se tendrá en cuenta si el conductor carece de antecedentes penales o no es reincidente en infracciones viales.

El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, señaló que «el mensaje es incorporar al Código Penal aquellas conductas temerarias y despectivas».



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