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Domingo, 2 de abril de 2006
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 Actualizado: 1.47 a.m.
 
Los estados miembros velarán por por que las aguas residuales urbanas que entren en los sistemas colectores sean objeto, antes de verterse, de un tratamiento secundario o de un proceso equivalente a más tardar antes del 31 de diciembre del 2005 para los vertidos en aguas dulces que procedan de aglomeraciones entre 2.000 y 10.000 habitantes equivalentes.
 
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