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La ciudad tendrá garantizados 24 hectómetros de agua al año para su abastecimiento

Albacete

La ciudad tendrá garantizados 24 hectómetros de agua al año para su abastecimiento

07.11.09 -
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El Plan Hidrológico del Júcar reconoce a la ciudad de Albacete su derecho a abastecerse con aguas superficiales del río, sin embargo, no tiene otorgada formalmente esta concesión. En este trámite, «muy importante para el Ayuntamiento de Albacete», en palabras del concejal de Sostenibilidad, Ramón Sotos, se está ahora mismo. A grandes rasgos, el edil argumentó que con esta concesión, «cuando se reabran los procesos de composición de los órganos de gobierno podremos ser electores y elegibles», algo que ahora no sucedía.
La Comisión de Sostenibilidad analizará este lunes la documentación remitida este mes de septiembre por la Confederación Hidrográfica del Júcar donde el Comisario de Aguas propone otorgar al consistorio albaceteño un volumen máximo anual de 24.000.000 metros cúbicos anuales destinados exclusivamente a abastecimiento, cantidad de agua estipulada para una población de 200.000 habitantes. A día de hoy, la ciudad de Albacete viene consumiendo unos 14 millones de metros cúbicos anuales.
Ese agua se tomaría desde el trasvase Tajo-Segura, tal y como se está haciendo desde el 7 de abril del 2003, fecha en la que Albacete dejó de beber agua de los pozos para empezar a beber agua del río Júcar llegada desde Alarcón. Para ello se tuvo que acometer una obra de abastecimiento que costó 29,9 millones de euros.
En las condiciones se estipula que ésta se hace por un periodo de 25 años y que el agua que se concede sólo se podrá utilizar para abastecimiento.
Un canon
Asimismo, en el documento que se someterá a estudio de los concejales, se estipula que la concesión «queda sujeta al pago del canon que en cualquier momento pueda establecerse por el Ministerio de Medio Ambiente, con motivo de las obras de regulación realizadas o a realizar, que proporcionen o suplan las aguas utilizadas en este aprovechamiento, sin que el abono de este canon, ni la propia concesión en sí, otorguen ningún derecho al concesionario para intervenir en el régimen de regulación de la cuenca».
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