La falta de regulación en la Ley General del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) está impidiendo al Ayuntamiento de Albacete gravar, a través de este impuesto, las viviendas de la capital que se encuentran desocupadas de una forma permanente. Por el momento y aunque son muchos los años que se lleva hablando de penalizar a los propietarios cuyas viviendas estén vacías durante mucho tiempo, los ayuntamientos no pueden aplicar esta medida porque todavía está pendiente de reglamentar en la Ley General del IBI.
Sin embargo, en la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana y rústica, elaborada para el 2010 por el Ayuntamiento de Albacete, aparece en uno de sus puntos el establecimiento de un recargo del 50% de la cuota líquida del tributo «para los inmuebles de uso residencial desocupados con carácter permanente, por cumplir las condiciones que se determinen reglamentariamente».
Según explicó el concejal de Economía y Hacienda, Antonio Martínez, esta penalización del 50% a los propietarios de viviendas vacías no se puede aplicar para el próximo año, debido que «hay problemas con la definición de vivienda desocupada, porque es muy difícil determinar cuándo una casa está vacía con carácter permanente, porque basta con que tengan dado de alta el agua y la luz para que el propietario justifique que su vivienda no está cerrada».
De ahí que, de momento, los ayuntamientos no puedan aplicar esta multa en las viviendas vacías, aunque en el caso de Albacete -que en el año 2001, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), contaba con 6.147 viviendas vacías-, ya está preparado para aplicar la penalización en cuanto quede regulada.
Bonificaciones
Por otra parte, la ordenanza fiscal del IBI sí que establece una bonificación del 50% para las viviendas de protección oficial y las que resulten equiparables según la normativa de Castilla-La Mancha, porcentaje que irá disminuyendo al 40, 30, 20 y 10% en los años siguientes.
En el caso de las bonificaciones a las familias numerosas, de las que el pasado año se beneficiaron unas 800, los descuentos en el pago de la contribución oscilarán entre el 90% que se aplica a un inmueble con un valor catastral de hasta 40.000 euros y entre un 10 y un 20% de rebaja que se podrá aprobar para una vivienda con un valor catastral de más de 110.000 euros. En este sentido, la bonificación se mantendrá cada año, sin necesidad de reiterar la solicitud, siempre y cuando se mantengan las condiciones de familia numerosa.
La revisión fiscal
Por último, y según esta ordenanza municipal para el 2010, que será aprobada hoy en comisión informativa de Hacienda, con el fin de que sea ratificada en el próximo pleno de octubre, se establece en un 0,45% el tipo de gravamen de los bienes de naturaleza urbana; un 0,77% en los bienes de naturaleza rústica; y un 0,60% en los bienes de características especiales, tipos que el próximo año no bajarán, sino que quedarán congelados, si bien no ocurrirá con el valor catastral de las fincas, por lo que se calcula que una vivienda tipo en Albacete abonará 27 euros más al año en concepto de contribución.
Por otra parte, se aplicará un 0,47% a los inmuebles industriales que superen los 322.800 euros de valor catastral; a las oficinas que tengan un valor superior a 306.000 euros; y a los comercios cuyo valor catastral sea superior a los 307.000 euros.